lunes, 19 de abril de 2010

Declaración Universal de los Derechos Humanos. Art. 1-5

Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948.


Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Seguidores

Datos personales

Mi foto
El objetivo principal de No me leas Rep.Dom, es EDUCAR. Surge del deseo de que los jóvenes dejen aun lado el estilo de vida de hoy día (Obviamente sin dejar de vivir de acuerdo a los tiempos, pero no ajenos a la realidad) y se den cuenta de que es algo programado. Busca crear una reacción en cadena de manera positiva lentamente ya no será una sino varias personas con un criterio distinto de cómo deberían ser las cosas.